Las
direcciones superiores de la mayoría de
las instituciones y las organizaciones políticas no tienen el poder suficiente
como para asegurar que sus disposiciones de tipo general, que exigen
comportamientos nuevos de sus destinatarios,
se cumplan solamente con la aprobación de la disposición.
Entre
estas disposiciones se encuentran las leyes de los órganos institucionales legislativos,
así como estatutos, cambios de estructuras organizativas y prescripción de
nuevos procesos y tareas que pueden aprobar los congresos, conferencias,
comités y ejecutivas.
En
muchos casos, ni siquiera la ley/disposición general es la pieza más importante
para conseguir que los nuevos comportamientos tengan lugar. Incluso, sucede que
los resultados que proclaman las nuevas disposiciones, podían conseguirse con
el amparo de las disposiciones antiguas, pero acompañadas de otras medidas,
cuya aplicación haría innecesaria una buena parte de la nueva disposición, sino
toda ella.
Otras
medidas que un gobierno o una ejecutiva puede poder en práctica – antes, al
mismo tiempo, y después de una disposición general – para conseguir los
resultados de una política, pueden consistir, al menos en:
o
Poner
en marcha procesos que den lugar a diagnósticos
colectivos compartidos por las personas y grupos afectados, acerca de los
problemas que los nuevos comportamientos deberían contribuir a
o
Incentivos y acciones formativas de las nuevos comportamientos para
los que generan/sufren los problemas.
o
Medidas
presupuestarias que modifiquen la asignación
de recursos.
o
Invención
de nuevas soluciones o recogida y
aprovechamiento de soluciones ya inventadas por algún actor de la
organización.
Estas
medidas pueden contar con la participación/afectar a personas/grupos que pueden
tener muy distintas relación con los problemas y cuyos intereses pueden ser muy
diversos. Por ello, el diagnóstico
compartido de los problemas, los cambios de comportamientos, y la invención o
recogida de soluciones en la diversidad, reclaman estar previstos antes
elaborar la ley/disposición general, si se quiere que resulte eficaz.
Los
procesos de interacción y consulta para recoger y elaborar problemas,
comportamientos y soluciones pueden desembocar en una clara carta de objetivos que la
ley/disposición general pretende lograr, junto con las prescripciones – autorizaciones, prohibiciones y obligaciones – y las demás medidas necesarias para que
el cambio buscado tenga lugar. Así, se puede corregir uno de los errores más
frecuentes en la redacción de las normas: la falta de precisión de lo que deben
hacer sus destinatarios.
Seguramente,
la consulta y el debate de los
cargos públicos, cuadros de partido, militantes, líderes de opinión, pueden ofrecer una pintura más material de
problemas y soluciones que aporte, al menos:
- Un
marco de problemas/soluciones desde el punto de vista de los diferentes
actores, sobre el que precisar mejor el cuadro de objetivos de la norma,
las reglas ideales o descripción de las diferentes realidades, y las prescripciones de su contenido.
- Las
bases para completar la norma con las medidas políticas que requieren sus
resultados.
- Una
mejor preparación de los actores sociales para aceptar y apoyar la norma.
- Una
comunicación más eficaz sobre el valor público de esta política y del
papel de los políticos que la han promovido.
Esta consulta no debería hacerse sobre un documento de forma jurídica, sino sobre uno que estimule el diagnóstico de la situación desde cada uno de los actores, la presentación de soluciones experimentadas por los mismos y las propuestas de
medidas que la dirección debería emprender. El producto resultante puede dar
lugar a “libros” de diversos colores, siguiendo la práctica parlamentaria
británica, que sirvan de base para el debate y la comunicación
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Leer + en otras entradas de este blog, y en la documentaciónde los seminarios Practicas de Gobernanza Eficaz y Aplicación Inteligente del Derecho para Políticos
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