Por último,
aprovechando el análisis expuesto, quisiera señalar las características más
importantes del nuevo "tipo ideal” de organización; como todos estos tipos,
implica una acentuación, pero creo que en las próximas décadas va a sustituir
poco a poco al tipo legal racional de Weber en los países industrializados y tal
vez en los que están en vías de industrialización. Una organización (44)
racional democrática deberá reunir las siguientes propiedades (que deberán compararse
con Wl-10):
l. Los miembros
de la organización tendrán libertad personal para abandonarla, pero si no lo
hacen deberán cumplir sus obligaciones como participantes con igualdad
política, y las obligaciones inherentes a su tarea.
l.l Todos los miembros gozarán del derecho
a la información que les permita buscar sus
propios intereses (autonomía cognitiva).
l.2 Todos los miembros de la organización tendrán derecho a participar con
el mismo derecho de voto en todas las decisiones. Pero los miembros pueden
elegir delegar la toma de decisiones, según los principios de a) representación,
b) competencia, c) eficiencia. Los miembros tienen derecho a revocar dicha
delegación.
l.3 Los miembros tienen derecho a un nivel
básico de privacidad.
2. Las
organizaciones intentarán distinguir entre las funciones de coordinación y de
control. Los papeles de coordinación y de control se estructurarán (bajo el
título de l) según los principios de representación, competencia, eficiencia y
privacidad. .
3. Las funciones
de todos los papeles se especificarán lo más claramente que sea posible. (45)
4. Los miembros
se designarán democráticamente (l.2) en base a un contrato.
5. Se tendrán
en cuenta las calificaciones en el proceso democrático de designación.
6. La distribución
de los derechos de pensión, de ingresos, etc. se decidirá de forma democrática.
7. El individuo
podrá desempeñar más de un papel en la organización como consecuencia del proceso
democrático (l).
8. La estructura
de carrera estará sujeta a un proceso democrático (l).
9. Los miembros
no podrán apropiarse del papel ni de los recursos que le correspondan.
l0. Habrá un sistema
(¿unificado?) de control y de disciplina, impuesto por la autoridad democrática.
Reconozco que
como he querido hacer un análisis rápido, no he prestado demasiada atención a
una serie de cuestiones importantes relacionadas con el cambio de miembros, las
relaciones entre distintas organizaciones, la protección de grupos minoritarios,
el papel de los sindicatos, etc., todas las cuales tienen una gran incidencia
en la estructuración de las organizaciones y en la manera en que toman decisiones.
Además, las posibilidades inherentes al concepto de auto-coordinación no han sido
exploradas en detalle. Espero poder volver sobre estas cuestiones en algún otro
momento.
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Leer + en otras entradas de este blog, en la bibliografia mencionada y en la documentacion de los cursos PRACTICAS DE GOBERNANZA EFICAZ y DIRECCION CONSCIENTE PARA EMPODERAR REDES PARTIDARIAS
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